lunes, 9 de junio de 2008

BOLILLAS IX y X. PRACTICOS. ANTIJURIDICIDAD y AUSENCIA DE ANTIJURIDICIDAD

A) BOLILLA IX. GUÍAS DE ESTUDIO. TRABAJO INTEGRATIVO.


A.1. Elaborada por Daniel De Marco
Consulte la bibliografía básica y material de apoyo sugerido y conteste los siguientes interrogantes:
1. Requisitos de la legítima defensa. Límites temporales. Defensa de Terceros.
2. Legítima defensa: bienes defendibles, agresión ilegítima, provocación suficiente, necesidad y racionalidad de la defensa. Aspecto subjetivo de la legítima defensa.
3. Presunción de legítima defensa.
4. Exceso en la legítima defensa.
5. Estado de necesidad justificante. Condiciones y límites. Diferencia con el estado de necesidad exculpante.

A.2. Elaborada por Facundo Gómez Urso
Conteste los siguientes interrogantes:
1.Relaciones entre tipicidad y antijuridicidad. Tipicidad como indicio de la antijuridicidad.
2.Análisis de la norma que surge de cada tipo penal.
3.Antinormatividad o interpretación no contradictoria de prohibiciones y órdenes (orden normativo)
4.Antinormatividad, tipicidad sistemática (norma aislada) y tipicidad conglobante (norma conglobada).
5.Antijuridicidad o interpretación no contradictoria del orden normativo y los permisos (orden jurídico).
6.Definición del conflicto o prohibición. Lesividad (bien jurídico).
7.Definición de “injusto penal”. Antijuridicidad e injusto.
8.Interpretación de la antijuridicidad como categoría de “general licitud”.
9.Interpretación “lógica” de la justificación (prohibido-permitido, regla-excepción, norma general-norma especial).
10.Interpretación constitucional de la justificación como “ejercicio de la libertad social”.
11. Fundamento de las justificaciones: ejercicio de un derecho.
12.Teoría de los elementos negativos del tipo.
13. Antijuridicidad formal y material.
14. Elementos subjetivos de la justificación.

A.3. Tema: LEGITIMA DEFENSA. Guía elaborada por Facundo Gómez Urso.
Conteste los siguientes interrogantes:
- CP 34.6.
- Fundamento.
- Diferencias con el E de necesidad justificante (proporcionalidad / racionalidad).
- Clases (propia, presunta, de terceros, predispuesta).
- Aspecto objetivo:
- Bienes defendibles.
- Agresión ilegítima (humana, antijurídica, intencional, inminente).
(a) conducta humana:
(b) agresiva: voluntad lesiva, se excluyen imprudencias. La imprudencia iniciada e imposible de detener tampoco es “agresión”. También se excluye la acción de quien actúa bajo error (de tipo).
La agresión por omisión es posible.
(c) antijurídica: ilegítima significa antijurídica (no sólo penalmente sino en todo el orden), sin derecho. No hay legítima defensa contra la legítima defensa.
- Cuando no hay agresión ilegítima queda la posibilidad de un estado de necesidad justificante.
- Falta de provocación suficiente (acción provocadora y suficiente).
- Necesariedad de la defensa.
- Racionalidad del medio.
- Aspecto objetivo en la defensa de terceros.
- Aspecto subjetivo, posturas.
- Error de prohibición al revés.


B) BOLILLA X. TRABAJOS PRÁCTICOS. AUSENCIA DE ANTIJURIDICIDAD. CASOS.



(Selección y elaboración de casos por Marcelo A. Riquert)

a) El clásico caso del amante de la mujer casada que yace en el lecho matrimonial con ésta cuando es sorprendido por el marido, quien le agrede queriendo darle muerte, ante lo que el amante lo repele causándole lesiones que le provocan la muerte, ha tenido doctrinariamente las más diversas soluciones. Se ha diferenciado el supuesto en que el amante lleva adelante su conducta sabiendo que a esa hora el marido los descubriría del que ignoraba ello o estaba seguro de que no sucedería porque estaba de viaje.
Realice una investigación en diversos textos de los señalados en la bibliografía del programa sobre estas respuestas, compárelas (que sean, al menos, tres distintas) y funde cuál sería su propia solución.

b) Analice los siguientes casos:

1. Marcos observa cómo una anciana está siendo atracada por un sujeto que la amenaza con una navaja. Rápidamente, se dirige hacia el atracador y sujetándolo por un hombro le da un fuerte golpe en la cara, partiéndole la nariz, antes de que consiga su propósito (fuente: Gladys Romero, Casos…, pág. 53; tiene solución tipo en págs. 54/56).

2. Mariano y José son luchadores de sumo argentinos que lograron dedicarse a este deporte en forma profesional, radicándose en Tokio. Es programada una pelea entre los dos extranjeros como atractivo preliminar en una jornada donde habrá varios combates. Iniciada su intervención Mariano logra imponerse luego de una maniobra por la que José cae de mala manera, produciéndosele una fractura de tobillo en el pie izquierdo.

3. Un cura que ha tomado conocimiento de un hecho delictivo es llamado a declarar y se niega a ello aduciendo secreto de confesión. Analice igual situación con un médico que aduce secreto profesional (fuente: Cortés de Arabia, Guías…, pág. 42). Tenga en cuenta los arts. 243 y 156 del C.P. Adicional: ¿Cambia algo si, por la misma razón, deciden no perder el tiempo y, pese a estar debidamente notificados, deciden no concurrir a la audiencia judicial?

4. Una persona se desmaya y al caer sobre otra, ésta cree ser atacada y la golpea, lesionándola en la cara (fuente: Cortés de Arabia, pág. 43).

5. Jorge es dueño de un polirrubro que fue robado una docena de ocasiones, algunas de ellas estando él presente, otras con el local cerrado pese a contar con un sistema de alarma electrónica. Cansado decide instalar una reja interna, cercana a la puerta de acceso, la que electrifica en forma directa a 220W. Alberto, llegada la noche, decide violentar el acceso al local para robarlo, fuerza la puerta y al tocar la reja queda “pegado” por la corriente eléctrica que le provoca un infarto, por lo que fallece.

6. Mientras una persona duerme, otra toma su automóvil para ir de paseo y luego se lo devuelve intacto y con el tanque lleno antes que el dueño despierte. Tipo legal: art. 162 CP (fuente: Erbetta-Franceschetti, Cuaderno docente, pág. 115, Nº 283).

7. Ernesto, con el propósito de dañar la propiedad de Gustavo, tira una piedra durante la noche contra una ventana y quiebra el vidrio. Sin saberlo, salva la vida de los habitantes, pues se había producido horas antes un escape de gas (fuente: Erbetta-Franceschetti, pág. 116, Nº 289).

8. Enrique, en medio de una violenta disputa entre Manuel y Julio, se burla del primero. Manuel deja a Julio y se dirige a golpear ahora a Enrique. ¿puede este última repelerlo invocando legítima defensa?

9. Unos jóvenes adolescentes están jugando un partido de fútbol en la calle y la pelota pasa por encima de la medianera de la propiedad de un vecino (Gabriel), cayendo en su patio. Rafael, cuyo rechazo de un centro provocó aquella situación es ayudado por Juan y Raúl para “subir” la medianera y buscar el balón. La parte superior del muro estaba cubierto de restos de botellas de vidrio puntiagudos pegados. No obstante haber puesto sobre ellos una toalla, Rafael resbala y se corta profundamente un brazo al caer hacia atrás.
c) Revise las líneas argumentales de los fallos de la CSJN Zambrana Daza y de la SCJBA E,A.T., disponibles en el blog. Elabore una síntesis de las tesis encontradas. Realice una búsqueda de otra jurisprudencia relevante y destaque los argumentos adicionales que pudiera encontrar. Ensaye su solución personal fundamentando la toma de posición.

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